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¿Cuál es la fecha límite para el pago de mi aguinaldo?

Autoridades de la Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo (SDEyT), exhortan al sector empresarial para que cumplan en tiempo y forma con el pago del aguinaldo como lo establece la Ley Federal del Trabajo, este debe realizarse a más tardar hasta el día 20 de diciembre.

En caso de que las empresas no cumplan conforme a la Ley, podrían ser sancionadas económicamente con 4 mil 030 pesos hasta los 403 mil pesos.

¿Quiénes tienen derecho a esta prestación?

La prestación de fin de año, mejor conocida como “aguinaldo” debe realizarse sin excepción a los trabajadores de base, trabajadores de confianza, sindicalizados o empleados eventuales, quienes deberán recibir el monto mínimo equivalente a 15 días de salario.

“Todos deben recibirlo, es un derecho irrenunciable y bajo ninguna circunstancia el patrón puede argumentar problemas para no pagarlo o reducir el importe del mismo”, aseguró Cecilia Rodríguez González, secretaria de SDEyT.

Por lo anterior, en Morelos se pondrá en marcha el Operativo de pago de Aguinaldo 2018, en donde inspectores visitarán a aquellas empresas que ya hayan tenido una queja o denuncia por no pagar el aguinaldo a tiempo o incumplimiento en el año 2017.

Si lo requieres, puedes tener orientación gratuita a través del teléfono 777 3 10 14 41, al correo miguel.salgado@morelos.gob.mx, o acudir al las oficinas de la Dirección General del Trabajo, ubicadas sobre Francisco Leyva número 5 de la colonia Centro en Cuernavaca.