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Pensiones continuarán en 25 salarios mínimos para quienes estén en el modelo de transición de 1973 y 1997: IMSS

El director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Maestro Zoé Robledo, afirmó que la controversia de tesis que emitió la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el recálculo en las pensiones no es una sentencia para las instituciones de seguridad social, sino “un criterio para los juzgados y los tribunales colegiados de menor jerarquía”.

En una conferencia matutina junto con el presidente de México, el titular del Seguro Social aseguró que “nadie corre riesgo en el monto de su pensión, no se rasura nada como ayer encabezó un medio, no hay recálculo, no hay disminución”.

Señaló que esa controversia de tesis emitida por la Segunda Sala no es de aplicación obligatoria, no significa que estemos en un desacato, sino que no aplica al Seguro Social, puntualizó Zoé Robledo.

El IMSS seguirá calculando las pensiones de las personas que están en el modelo de transición entre las leyes de 1973 y de 1997 en 25 salarios mínimos como se ha hecho durante los últimos años, ya que es el trabajo de toda una vida y sería injusto reducirlo a 10.

Explicó que la Corte, en particular la Segunda Sala, estableció un criterio para sus juzgados, no para las instituciones de seguridad social. Lo que estamos planteando es que el criterio de seguir calculando igual sea validado por el Consejo Técnico del Seguro Social.

Consejo Técnico ratifica 25 salarios mínimos como límite para pago de pensiones

En sesión extraordinaria celebrada el pasado 5 de febrero, el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), encabezado por el director general, Maestro Zoé Robledo, ratificó por unanimidad el criterio que aplica el Instituto para determinar como límite superior de cotización 25 salarios mínimos para el pago de las pensiones, al amparo de la Ley del Seguro Social vigente al 30 de junio de 1997.

Ello, derivado de la Jurisprudencia por contradicción de tesis de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), publicada el viernes 24 de enero en el Semanario Judicial de la Federación, que fija en 10 salarios mínimos la base para cuantificar las pensiones.

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