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5 de las nuevas normas de emergencia de verificación vehicular

La Semarnat publicó este martes la Norma Oficial Mexicana de Emergencia que establece los niveles de emisión contaminantes para los vehículos que circulan en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala. Aquí te presentamos cinco nuevas disposiciones:

1. Los vehículos nuevos, años 2016 y posteriores quedarán exentos de la verificación vehicular obligatoria hasta por cuatro años a partir de su adquisición, determinó la Semarnat.

2. Los vehículos año modelo 2006 y posteriores a gasolina o gas natural que carezcan de los conectores necesarios para realizar la verificación vehicular podrán realizar de manera excepcional una prueba dinámica con límites máximos permisibles.

3. Los vehículos de autotransporte federal de carga, pasaje o turismo, en sus diversas modalidades y transporte privado federal, que circulen en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala, deberán someterse a la nueva verificación.

4. La norma especifica el procedimiento para la medición de emisiones por sensor remoto, por ejemplo, en su instalación éstos operarán sólo en vialidades con más de dos carriles de circulación en la misma dirección “que permitan confinar el paso de los vehículos a un sólo carril, para evitar el traslape de plumas de escape” y la velocidad de circulación de los vehículos sea entre 10 y 80 km/h..

5. La norma de emergencia entrará en vigor el 01 de julio de 2016 y tendrá una vigencia de seis meses.

Por: El Financiero

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