La Legislatura Local del estado de Oaxaca aprobó reformar el Código Penal de la entidad para castigar el acoso callejero contra mujeres con hasta 4 años de cárcel sin derecho a fianza, dependiendo de la falta cometida.
Con esta modificación al Artículo 241 Ter se prohíbe cualquier tipo de expresión física, verbal o gesticular de carácter sexual que hostigue a las mujeres en vía pública o espacios cerrados. Esto incluye silbidos, piropos y frotamiento de genitales contra la víctima.
Y es que de acuerdo a las cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, los delitos sexuales incrementaron hasta un 200 % en los últimos años; se espera que con la aprobación de este tipo de leyes haya una baja en las estadísticas.
La pena será de 2 a 4 años de prisión sin derecho a fianza según la gravedad de la falta; además de una multa que va de los 100 a 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, desde 8 mil 680 pesos hasta los 17 mil 376 pesos.
En caso de que haya dos o más implicados en la falta, si hay persecución o seguimiento de las víctimas, la pena se agrava en una tercera parte.
Si la víctima es una persona con discapacidad o menor de 18 años, “se procederá contra el responsable a petición de parte y se seguirá de oficio si no pudo poner resistencia”.
Para los servidores públicos que quieran sacar provecho de su posición para cometer este delito, se les destituirá del cargo y pondrán sanciones más severas.
Las empresas que promuevan este tipo de actos, como concurso de piropos, también serán sancionadas, aseguró la legisladora de Morena, Hilda Pérez Luis.
Con información de Noticieros Televisa.