Integrantes de la 54 Legislatura del Congreso de Morelos realizaron reformas al Código Penal para tipificar el robo a usuarios y cuentahabientes de bancos, así como la conducta de empleados que estén “involucrados” en el retiro de dinero en efectivo de las víctimas.
Asimismo, se considerará como “lesiones calificadas” las que se comentan contra personas de la tercera edad.
La #LIV_Legislatura aprobó reformas a los artículos 126 y 176 del Código Penal para el Estado de #Morelos. Las diputadas y diputados votaron a favor de que se consideren como “lesiones calificadas” aquellas que se cometan en contra de personas mayores de 60 años. @MorelosCongreso pic.twitter.com/gshsNel6sf
— H. Congreso Morelos (@MorelosCongreso) 16 de julio de 2019
Se hicieron modificaciones en el diverso 176 de dicho ordenamiento y en el inciso D, Fracción II del artículo 126. Se adicionó al párrafo VI en el que establece que las sanciones por robo a una institución bancaria se incrementará hasta en una mitad cuando se realicen en contra “de las personas que tienen bajo su cuidado a los caudales o valores”.
En el caso de las lesiones contra personas de la tercera edad, se hizo modificaciones al inciso de la fracción señalada del artículo 126.
“Las lesiones y el homicidio son calificados cuando se cometen con premeditación, ventaja, alevosía o traición, de acuerdo con las siguientes disposiciones.”