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Castigarán a quien filtre contenido audiovisual relacionado con delitos

Paola Cruz Torres, diputada local, presentó una iniciativa con Proyecto de Decreto por el cual el Capítulo X y el Artículo 313 BIS al título 31º, denominado Delitos Cometidos contra la Procuración y Administración de Justicia, del Código Penal para el Estado de Morelos.

Cabe mencionar que el artículo 313 BIS señala que:

“Al que indebidamente difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados, con el procedimiento penal o productos relacionados con un hecho que la ley señala como delito, se le impondrá prisión de dos a ocho años y multa de quinientas a mil unidades de medida y actualización”.

Cruz Torres recordó el crimen, exhibiendo y exponiendo un cuerpo mutilado y desollado, convirtiéndola en objeto de morbo.

Por tal motivo, la legisladora consideró que este tipo de acciones no son tolerables ni puede permitirse que siga la revictimización ni exhibición de las víctimas.

Además, consideró que es importante e indispensable consagrar dicha ley, ya que representa no sólo una medida de protección a la procuración y administración de justicia, sino de protección a las víctimas y a sus derechos humanos.

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