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Empresas podrían ser sancionadas por incumplir con pago de aguinaldo

24 Morelos Dinero

La Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo (SDEyT), a través de la Dirección General de Inspección del Trabajo (DGIT), hizo un llamado a las empresas a fin de revisar el cumplimiento de pago de aguinaldo 2019, informó la titular del área, Alejandra Jarillo Soto.

Se encuentra en proceso de convocar a 250 empresas para que comparezcan a mostrar el cumplimiento del pago de aguinaldo, ya que se han recibido quejas por parte de trabajadores sobre la ausencia de esta obligación.

“A partir de este mes de enero, los patrones y empresas que no cumplieron con el pago de aguinaldo a sus trabajadores podrán recibir una sanción equivalente a 250 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), más o menos 21 mil 122 pesos”, añadió.

La titular de la DGIT indicó que aunque la Ley Federal del Trabajo no contempla el inicio de pago de aguinaldo, sí establece como fecha límite antes del 20 de diciembre para efectuar el acatamiento de la prestación.

Refirió que el trabajador tiene derecho a recibir como mínimo el pago de 15 días de salario, o bien, la parte proporcional por el tiempo laborado en el centro de trabajo.

¿Cómo deben realizar el pago de aguinaldo?

Los empleadores deben pagarlo en efectivo o a través de medios electrónicos, y no está permitido hacerlo por medio de mercancías, vales o cualquier otro signo representativo que sustituya la moneda.

Aquellas personas trabajadoras que no tienen un contrato firmado o son eventuales también tienen derecho a recibir el pago de aguinaldo, ya que la existencia de un contrato o de una relación de trabajo se presume desde el momento en el que existe alguien que presta un trabajo personal y alguien que lo recibe.

Reiteran el llamado a los empleados a presentar su queja en caso de que no hayan recibido en tiempo y forma su aguinaldo 2019.

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