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Prohíben exportación e importación de cigarros electrónicos y vapeadores

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, con la cual se establecen las cuotas que, atendiendo a la clasificación de la mercancía, servirán para determinar dichos impuestos.

Dentro del dictamen se ajustó la redacción de la fracción arancelaria 8543.40.01, para establecer la prohibición de importación y exportación de los cigarrillos electrónicos y dispositivos personales de vaporización eléctricos y electrónicos similares, incluyendo aquellos dispositivos novedosos y emergentes que utilicen tabaco calentado, los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, Sistemas Similares Sin Nicotina y Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina Similares.

Legisladores reconocieron que con las modificaciones realizadas se concreta la armonización de la tarifa junto con la Ley General para el control del Tabaco y con los decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación que establecen la prohibición de la importación de estos dispositivos.

Lo anterior, con la finalidad de prolongar y mejorar la calidad de vida humana, además de evitar desde un aspecto de orden público e interés social, que aumenten las enfermedades atribuibles al tabaquismo y al consumo de nicotina.

Por su parte el secretario de Salud, Hugo López Gatell, celebró el dictamen como un acto de congruencia y anteponiendo el interés público, sin embargo, se abre la puerta para la venta ilegal de dichos productos.

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