Por votación unánime, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró la invalidez del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), por considerarlo violatorio de los derechos humanos y de la protección de datos personales.
Las modificaciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobadas en 2021 pero actualmente sin efecto, tenían como medida hacer obligatorio entregar datos personales, como nombre, domicilio y biométricos para acceder a una línea de telefonía celular.
La votación se dio a través del proyecto llevado a discusión en el pleno por la ministra Norma Lucía Piña, a raíz de la acción de inconstitucionalidad promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y un grupo de senadores de la oposición.
Ante el voto unánime a favor del proyecto, el Pleno del INAI celebró la determinación de la Corte, sobre la acción de inconstitucionalidad 82/2021 y su acumulada 86/2021, que declaraba la invalidez del Panaut.
El Pleno del INAI reconoce la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (@SCJN) sobre la Acción de inconstitucionalidad 82/2021 y su acumulada 86/2021, que declara la invalidez del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil #PANAUT. pic.twitter.com/eRzLPkGlNj
— INAI (@INAImexico) April 25, 2022